Autónomo 34,90 €/mes · Pyme 95 €/mes Asesoría para toda la vida, no para dudas sueltas 💚
Alta de autónomo gratis · en Hacienda y en la Seguridad Social al contratar tu plan mensual
Gestoría especializada

Gestoría para fotógrafos, videógrafos y creadores audiovisuales

Somos AsesoraGes: gestoría online especializada en autónomos fotógrafos y videógrafos con tarifa plana 34,90 €/mes + IVA, asesor personal por teléfono y alta gratis en Hacienda y Seguridad Social al contratar. Con la fiscalidad específica de tu sector, no una gestoría genérica.

Fiscalidad específica para fotógrafos, videógrafos y creadores audiovisuales

Ser fotógrafo o videógrafo autónomo tiene una fiscalidad interesante: derechos de imagen y propiedad intelectual con IVA reducido, retención del 15 % en factura por ser Sección 2ª de IAE, y a menudo facturación a agencias y productoras. Además, cada vez más fotógrafos tienen tienda online de sus obras o venden bancos de imágenes. Todo eso lo llevamos.

En AsesoraGes llevamos más de 25 años atendiendo autónomos fotógrafos y videógrafos de toda España. Trabajamos 100 % online: tu asesor personal Carlos te llama por teléfono cuando lo necesites y nos encargamos de todos los impuestos, la Renta, el alta y las particularidades fiscales de tu sector.

Todos los sub-nichos de fotógrafos y videógrafos que atendemos

Da igual la variante concreta de tu actividad — dominamos la fiscalidad específica de:

  • fotografía de bodas, comuniones y eventos
  • fotografía de producto y publicidad
  • fotografía retocada / retocador digital online
  • videografía de eventos y bodas
  • operador de cámara y sector audiovisual
  • grabación y edición de vídeos (freelance)
  • productora audiovisual (SL o autónomo con equipo)
  • creadores de contenido audiovisual + producción
  • artes gráficas y diseño combinado
  • fotógrafo/artista + venta de obra propia

¿No aparece exactamente lo tuyo? Llámanos y te decimos qué epígrafe encaja mejor y cómo tributar.

Datos fiscales clave para fotógrafos y videógrafos

Epígrafes IAE aplicables

Estos son los epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas que solemos dar de alta para fotógrafos y videógrafos. Se pueden combinar varios sin coste adicional en la cuota de autónomo:

Epígrafe IAEDescripción
973.1 Servicios fotográficos (Sección 1ª) — fotografía general, estudios
861 Pintores, escultores, ceramistas, artesanos, grabadores (Sección 2ª) — artista/fotógrafo autor
844 Servicios de publicidad, relaciones públicas y similares — si trabajas para agencias de publicidad
963.1 Producción y distribución de películas cinematográficas y de vídeos

Régimen de IVA

IVA general del 21 % en la mayoría de servicios. Fotografía y vídeo con cesión de derechos de autor a un editor/agencia puede llevar IVA reducido al 10 % (art. 91.Uno.2.15º LIVA). Venta de obra propia como artista puede ir al 10 % también. Servicios a agencias UE = sin IVA (ROI + 349).

Retenciones IRPF y pagos fraccionados

Como profesional Sección 2ª (epígrafe 861 artístico), tus facturas a empresas llevan retención del 15 % (7 % los dos primeros años). Como empresarial Sección 1ª (epígrafe 973.1 estudio fotográfico) no hay retención pero sí modelo 130 trimestral. Elegir bien el epígrafe es clave.

Modelos fiscales que llevamos por ti

  • Modelo 303 — IVA trimestral
  • Modelo 130 (empresarial) o solo Renta anual (profesional con retención >70 %)
  • Modelo 111 y 190 — si contratas colaboradores (segundo fotógrafo, editor)
  • Modelo 115 y 180 — alquiler de estudio
  • Modelo 349 — clientes UE
  • Modelo 100 — Renta anual

Errores típicos que evitamos en fotógrafos y videógrafos

  • Facturar cesión de derechos con IVA al 21 % cuando podía ir al 10 %.
  • Elegir el epígrafe 973.1 (empresarial) cuando el 861 (artístico) exime del modelo 130.
  • No declarar los ingresos por bancos de imágenes (Shutterstock, Getty, Adobe Stock) considerando que la plataforma "ya lo hace".
  • No deducir el IVA del equipo (cámara, óptica, ordenador) por no tener factura a nombre del autónomo.
  • Cobrar bodas con IVA al 21 % pudiendo separar la parte de cesión de derechos al 10 %.

Qué incluye tu plan de gestoría

Plan Autónomo 34,90 €/mes + IVA

  • Alta gratis en Hacienda (036/037) y en el RETA
  • Impuestos trimestrales: 303 (IVA), 130 (IRPF) y demás modelos aplicables al sector
  • Declaración de la Renta anual (modelo 100)
  • Fiscalidad específica para fotógrafos, videógrafos y creadores audiovisuales
  • Atención telefónica ilimitada con tu asesor personal Carlos
  • Software de facturación incluido
  • Cambio gratis desde tu gestoría actual
  • Sin permanencia

Plan Pyme (SL) 95 €/mes + IVA

  • Contabilidad y libros oficiales
  • Impuestos trimestrales
  • Impuesto de Sociedades (modelo 200)
  • Renta de los socios incluida
  • Cuentas anuales y depósito en Registro Mercantil aparte
  • Ideal a partir de 40.000-60.000 € beneficio neto anual

Gestión laboral 12 €/mes + IVA por trabajador

  • Altas, bajas y contratos
  • Nóminas y finiquitos
  • Seguros sociales (Sistema RED)
  • Aplicación del convenio del sector

Por qué elegir AsesoraGes para tu gestoría para fotógrafos, videógrafos y creadores audiovisuales

  • Especialización real: no somos una gestoría genérica, conocemos tu sector.
  • Asesor personal: Carlos te llama por teléfono, no eres un ticket en un CRM.
  • Alta gratis en Hacienda y RETA al contratar el Plan Autónomo.
  • Tarifa plana cerrada: 34,90 €/mes + IVA. Sin sorpresas ni extras.
  • Sin permanencia: si no te convence, te vas cuando quieras.
  • Cambio gratis desde tu gestoría actual, sin interrupciones.
  • 100 % online: en toda España, desde donde estés.
  • Software incluido para facturar y llevar tus tickets.

Preguntas frecuentes para fotógrafos, videógrafos y creadores audiovisuales

¿Qué epígrafe IAE elijo, 973.1 o 861?

El 973.1 es empresarial (Sección 1ª): estudio fotográfico, sesiones a particulares. Requiere modelo 130 trimestral. El 861 es profesional artístico (Sección 2ª): reportajes, cesión de derechos de autor. Lleva retención del 15 % en factura (7 % los 2 primeros años) y no requiere 130. Muchos fotógrafos combinan ambos.

¿Cómo facturo una boda?

Puedes separar dos conceptos: (a) servicio fotográfico al 21 %, y (b) cesión de derechos de autor sobre las fotos al 10 %. Bien argumentado en el contrato, es habitual y correcto. Te asesoramos cómo redactarlo.

¿Y los ingresos de Shutterstock, Adobe Stock, Getty?

Todo se declara. Son plataformas de USA principalmente, así que el ingreso es sin IVA por no localización pero se declara la base en el 303 como operación no sujeta. En IRPF va como rendimiento de actividad económica.

¿Puedo deducir el equipo fotográfico (cámara, lentes, dron, ordenador)?

Sí. La cámara y lentes son inversión (activo) que amortizas en varios años. El IVA se deduce al 100 % si son de uso exclusivo profesional. Un ordenador mixto solo el 50 % del IVA. Todo va a la contabilidad y a la Renta.

¿Cuánto cuesta la gestoría para un fotógrafo?

Tarifa plana 34,90 €/mes + IVA. Sin permanencia. Incluye 303, 130 si aplica, 349, Renta, alta gratis y atención telefónica ilimitada con Carlos.

¿Cómo me doy de alta como fotógrafo o videógrafo autónomo?

Alta gratis con el Plan Autónomo. Damos de alta el epígrafe adecuado (861, 973.1 o combinación), inscripción en ROI si vas a facturar a la UE, alta en RETA y tarifa plana 80 €/mes.

¿Y si además vendo mis fotos como obra artística en mi web?

Perfecto, es venta de bienes al 10 % (obra de arte del propio autor, art. 91.Uno.2.6º LIVA). Se puede combinar con la actividad profesional. Nos aseguramos de que cada factura lleve el IVA correcto.

Empieza hoy con tu gestoría para fotógrafos, videógrafos y creadores audiovisuales

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