Gestoría para músicos, DJs y artistas del espectáculo
Somos AsesoraGes: gestoría online especializada en autónomos músicos y DJs con tarifa plana 34,90 €/mes + IVA, asesor personal por teléfono y alta gratis en Hacienda y Seguridad Social al contratar. Con la fiscalidad específica de tu sector, no una gestoría genérica.
Fiscalidad específica para músicos, DJs y artistas del espectáculo
Músicos, DJs, cantantes, magos, animadores infantiles, artistas de espectáculos, luthiers, productores... El sector artístico tiene tratamiento fiscal específico: IVA del 10 % en cesión de derechos, SGAE, AIE, propiedad intelectual, ingresos por conciertos y por royalties. Y compatible con nómina si eres artista con empresa (contrato de alta artística).
En AsesoraGes llevamos más de 25 años atendiendo autónomos músicos y DJs de toda España. Trabajamos 100 % online: tu asesor personal Carlos te llama por teléfono cuando lo necesites y nos encargamos de todos los impuestos, la Renta, el alta y las particularidades fiscales de tu sector.
Todos los sub-nichos de músicos y DJs que atendemos
Da igual la variante concreta de tu actividad — dominamos la fiscalidad específica de:
- DJs profesionales
- músicos de directo (grupos, solistas, cantantes)
- músicos de estudio y sesión
- músicos para cine, publicidad y audiovisual
- productores musicales
- magos y mentalistas de espectáculos
- animadores infantiles y artistas para eventos
- luthiers (fabricantes/reparadores de instrumentos)
- venta de instrumentos musicales
- creador de música + venta digital (Spotify, YouTube)
¿No aparece exactamente lo tuyo? Llámanos y te decimos qué epígrafe encaja mejor y cómo tributar.
Datos fiscales clave para músicos y DJs
Epígrafes IAE aplicables
Estos son los epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas que solemos dar de alta para músicos y DJs. Se pueden combinar varios sin coste adicional en la cuota de autónomo:
| Epígrafe IAE | Descripción |
|---|---|
| 861 | Pintores, escultores, ceramistas, artesanos, grabadores (Sección 2ª) — artistas creadores |
| 862 | Restauradores de obras de arte (Sección 2ª) |
| 971 | Servicios personales n.c.o.p. — DJs y animación |
| 019 | Actividades artísticas y culturales |
| 474.2 | Composición y publicación en artes gráficas |
Régimen de IVA
IVA general al 21 % en la mayoría de servicios artísticos. Cesión de derechos de autor a un editor (SGAE, sello discográfico) va al 10 % (art. 91.Uno.2.15º LIVA). Actuaciones a productoras que las emiten en TV: puede ir al 10 % como cesión. Actuaciones directas a un particular (boda, evento): 21 %.
Retenciones IRPF y pagos fraccionados
Como artista Sección 2ª (861): retención del 15 % en factura a empresas (7 % los dos primeros años). Como servicio empresarial Sección 1ª (971): sin retención, sí modelo 130 trimestral. Los ingresos de Spotify, YouTube y royalties van sin retención española (extranjero) — se declaran directamente en Renta.
Modelos fiscales que llevamos por ti
- Modelo 303 — IVA trimestral
- Modelo 130 (empresarial) o solo Renta anual (profesional con retención)
- Modelo 111 y 190 — si contratas músicos colaboradores
- Modelo 349 y OSS — royalties y ventas digitales UE
- Modelo 100 — Renta anual con reducción de rendimientos irregulares (obras plurianuales)
Errores típicos que evitamos en músicos y DJs
- Facturar cesión de derechos a SGAE o sello al 21 % pudiendo ser al 10 %.
- No declarar ingresos de Spotify, YouTube o SGAE pensando que "ya se retienen fuera".
- Elegir epígrafe empresarial (971) pudiendo estar en el 861 artístico (más ventajoso).
- No aplicar la reducción por rendimientos irregulares en obras que se cobran en un año pero se produjeron durante varios.
- No dar de alta la actividad artística por ser "el hobby que también me da dinero" (Hacienda considera actividad económica).
Qué incluye tu plan de gestoría
Plan Autónomo 34,90 €/mes + IVA
- Alta gratis en Hacienda (036/037) y en el RETA
- Impuestos trimestrales: 303 (IVA), 130 (IRPF) y demás modelos aplicables al sector
- Declaración de la Renta anual (modelo 100)
- Fiscalidad específica para músicos, DJs y artistas del espectáculo
- Atención telefónica ilimitada con tu asesor personal Carlos
- Software de facturación incluido
- Cambio gratis desde tu gestoría actual
- Sin permanencia
Plan Pyme (SL) 95 €/mes + IVA
- Contabilidad y libros oficiales
- Impuestos trimestrales
- Impuesto de Sociedades (modelo 200)
- Renta de los socios incluida
- Cuentas anuales y depósito en Registro Mercantil aparte
- Ideal a partir de 40.000-60.000 € beneficio neto anual
Gestión laboral 12 €/mes + IVA por trabajador
- Altas, bajas y contratos
- Nóminas y finiquitos
- Seguros sociales (Sistema RED)
- Aplicación del convenio del sector
Por qué elegir AsesoraGes para tu gestoría para músicos, DJs y artistas del espectáculo
- Especialización real: no somos una gestoría genérica, conocemos tu sector.
- Asesor personal: Carlos te llama por teléfono, no eres un ticket en un CRM.
- Alta gratis en Hacienda y RETA al contratar el Plan Autónomo.
- Tarifa plana cerrada: 34,90 €/mes + IVA. Sin sorpresas ni extras.
- Sin permanencia: si no te convence, te vas cuando quieras.
- Cambio gratis desde tu gestoría actual, sin interrupciones.
- 100 % online: en toda España, desde donde estés.
- Software incluido para facturar y llevar tus tickets.
Preguntas frecuentes para músicos, DJs y artistas del espectáculo
¿Cómo tributo por mis ingresos de Spotify, YouTube, Apple Music?
Como rendimiento de actividad económica. Los pagos vienen del extranjero sin retención española. Se declaran en el modelo 100 (Renta) y en el 303 como operación no sujeta o servicios exteriores. Si superan 50.000 € en Payoneer / Wise, modelo 720.
¿Qué IVA aplico a la cesión de mis canciones a un sello o SGAE?
Cesión de derechos de autor a un editor va al 10 % (art. 91.Uno.2.15º LIVA). Actuaciones en directo a particulares (boda, evento privado): 21 %. Actuaciones a productoras para uso en TV/streaming: puede ir al 10 % si se cede derecho. Lo revisamos factura a factura.
¿Cómo me doy de alta como músico o DJ autónomo?
Alta gratis con Plan Autónomo. Epígrafe artístico 861 (músico creador) o 971 (DJ y animación) según el caso. Alta en RETA con tarifa plana 80 €/mes.
¿Puedo estar de alta como artista con contrato y también como autónomo?
Sí, es la figura de "pluriactividad". Si tienes contrato laboral con una productora o teatro, y a la vez actúas por tu cuenta, puedes darte de alta como autónomo con bonificación adicional. Compatible siempre.
¿Y si además vendo instrumentos musicales o los reparo (luthier)?
Compatible: se añade el epígrafe de venta (659.6 comercio de instrumentos) o reparación (691.9). Todo bajo la misma alta.
¿Cuánto cuesta la gestoría para un músico o DJ?
Tarifa plana 34,90 €/mes + IVA. Sin permanencia. Incluye 303, 130 si aplica, Renta con reducciones por rendimientos irregulares si has trabajado en una obra plurianual, y atención telefónica ilimitada con Carlos.
¿Y si soy mago o animador infantil?
Epígrafe 971 (servicios personales) o 019 (actividades artísticas y culturales). Fiscalidad similar: IVA 21 %, modelo 130, sin retención en factura si Sección 1ª.
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