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Recurso · Modelos AEAT

Modelo 037: cómo rellenarlo para darte de alta como autónomo

7 min de lectura · Revisado por el equipo fiscal de AsesoraGes

El modelo 037 es la declaración censal simplificada de la Agencia Tributaria. Es la versión corta del modelo 036 y la usan la mayoría de autónomos personas físicas para darse de alta, modificar datos o darse de baja en el censo fiscal.

Quién puede usar el 037

El 037 está pensado para autónomos personas físicas con una situación fiscal sencilla. Concretamente, puedes usarlo si cumples todos los requisitos siguientes:

  • Eres persona física, residente fiscal en España.
  • Tienes NIF español.
  • No actúas mediante representante fiscal.
  • Tu domicilio fiscal coincide con el de gestión administrativa.
  • No realizas operaciones intracomunitarias (ni te das de alta en el ROI).
  • No estás en regímenes especiales de IVA distintos del general, simplificado o agricultura/ganadería/pesca.
  • No formas parte del Registro de Devolución Mensual de IVA (REDEME).

Si fallas en cualquiera de esos puntos, el modelo correcto es el 036.

Cómo se rellena el modelo 037

1

Causa de presentación

Marca si es alta, modificación o baja. Para un alta nueva: "Alta en el censo de empresarios, profesionales y retenedores".

2

Datos identificativos

NIF, nombre y apellidos, fecha de nacimiento, domicilio fiscal, datos de contacto. Si la actividad se ejerce en un local distinto del domicilio fiscal, se indica también.

3

Actividad económica

Indicas el epígrafe IAE y la fecha de inicio. El epígrafe se elige del listado oficial y determina si la actividad es profesional (sección 2ª) o empresarial (sección 1ª).

4

Régimen de IVA

General, simplificado, recargo de equivalencia o exento. La mayoría de autónomos están en régimen general. El recargo de equivalencia es típico del comercio minorista. Algunas actividades sanitarias y formativas están exentas.

5

Obligaciones de IRPF

Si más del 70% de tus facturas llevarán retención (típico en profesionales que facturan a empresas), no tienes obligación de modelo 130. Si no, marcas la obligación del 130 trimestral.

6

Retenciones a terceros

Solo si vas a contratar a otros profesionales, asalariados o vas a pagar alquileres con retención. En ese caso marcas modelo 111 y/o 115.

7

Firma y envío

Se firma con certificado digital o Cl@ve PIN y se envía. La AEAT devuelve el justificante con CSV.

Diferencias rápidas con el 036

AspectoModelo 037Modelo 036
A quién va dirigidoPersonas físicas con perfil sencilloCualquier obligado (personas físicas y jurídicas)
Páginas1-2Hasta 8
IntracomunitariosNo permiteSí permite
Regímenes especiales IVALimitadosTodos
Tiempo de presentación15-30 min30-60 min
FAQ

Preguntas frecuentes

No. Solo personas físicas residentes que no estén en regímenes especiales de IVA, no operen con la UE, no estén en módulos en algunos casos y no tengan representante fiscal. Si encajas con alguno de esos perfiles, te toca el 036.

La AEAT lo detecta y rechaza la presentación pidiéndote que rehagas el alta con el 036. No hay sanción si lo corriges en plazo, pero retrasa el alta.

Sí, mientras sigas dentro del perfil de personas físicas residentes que pueden usar el 037. Si tu situación cambia y dejas de poder usarlo, tendrás que pasar al 036.

15-30 minutos si tienes claros tus datos, tu epígrafe IAE y tu régimen de IVA. Si dudas en alguno de esos puntos, lo razonable es preguntarle al asesor antes de presentar.

Sí. Cualquier cambio de datos (domicilio, actividad, alta de nuevas obligaciones) se comunica con un nuevo 037 marcado como modificación.

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