El RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos) es el régimen de la Seguridad Social en el que cotizan todos los autónomos en España. Darse de alta es obligatorio antes de empezar la actividad y, hoy en día, se puede tramitar íntegramente online.
Requisitos para darse de alta en el RETA
- ✓Ser mayor de edad (o menor emancipado).
- ✓Estar previamente dado de alta en Hacienda (modelo 036 o 037 presentado).
- ✓Tener DNI o NIE en vigor.
- ✓Disponer de una cuenta bancaria para la domiciliación de la cuota.
- ✓Disponer de certificado digital, Cl@ve PIN o sistema de autenticación equivalente para la tramitación online.
Documentación necesaria
Para tramitar el alta en el RETA, la Tesorería General de la Seguridad Social pide básicamente:
- DNI o NIE en vigor.
- Número de afiliación a la Seguridad Social (si nunca has trabajado, se asigna en el propio trámite).
- Justificante del alta censal en Hacienda (modelo 036 o 037).
- Cuenta bancaria en la que domiciliar la cuota mensual.
- Datos de la actividad: epígrafe IAE, dirección de la actividad, fecha de inicio.
Pasos para darte de alta en el RETA online
Alta previa en Hacienda
Antes del RETA, tienes que presentar el modelo 036 o 037 en la AEAT para que tu actividad quede dada de alta a efectos fiscales (IVA, IRPF y epígrafe IAE).
Accede a Importass
Entra en el portal Importass de la TGSS con certificado digital, Cl@ve PIN o usuario+contraseña. Es el portal oficial para los trámites de autónomos.
Solicita el alta en el RETA
Rellena el formulario indicando fecha de inicio, actividad, epígrafe IAE, base de cotización elegida y datos bancarios. Importass te permite también solicitar la tarifa plana si te corresponde.
Confirmación
Recibes la resolución de alta con el código de cuenta de cotización. Ya estás de alta como autónomo: puedes facturar y empezar a cotizar.
Plazo: cuándo darse de alta exactamente
La normativa obliga a estar de alta en el RETA antes de iniciar la actividad (antes de emitir la primera factura o firmar el primer contrato como autónomo). En la práctica, Hacienda y Seguridad Social aceptan que el alta en el RETA se solicite hasta 60 días naturales después del alta censal en Hacienda, pero siempre antes del inicio real de la actividad.
Bases de cotización: cómo funcionan
El sistema actual de cotización de autónomos se basa en los rendimientos netos previstos. Cada tramo de ingresos tiene una base mínima y máxima de cotización, y tú eliges dentro de ese rango. La base condiciona dos cosas:
- La cuota mensual que pagas a la Seguridad Social.
- Las prestaciones futuras: baja por enfermedad, paro de autónomos, jubilación.
Cotizar por la mínima abarata el corto plazo pero reduce las prestaciones. Lo razonable es revisar tu base cada año con tu asesor.
Errores frecuentes al darse de alta en el RETA
- No solicitar la tarifa plana cuando se tiene derecho — se pierde para todo ese ejercicio.
- Elegir mal la base de cotización sin pensar en las prestaciones futuras.
- Indicar mal la fecha de inicio y acabar cotizando días que no toca.
- No coordinar el alta en Hacienda y en el RETA, lo que provoca actividad sin estar dado de alta = sanción.