Gestoría para farmacias y parafarmacias
Somos AsesoraGes: gestoría online especializada en autónomos farmacias y parafarmacias con tarifa plana 34,90 €/mes + IVA, asesor personal por teléfono y alta gratis en Hacienda y Seguridad Social al contratar. Con la fiscalidad específica de tu sector, no una gestoría genérica.
Fiscalidad específica para farmacias y parafarmacias
Farmacias y parafarmacias tienen una de las fiscalidades más específicas del comercio minorista: IVA al 4 % en medicamentos, al 10 % en productos sanitarios y al 21 % en el resto, ventas exentas a la Seguridad Social, colegiación obligatoria del farmacéutico titular y regulación autonómica del propio establecimiento. Una gestoría genérica no sirve.
En AsesoraGes llevamos más de 25 años atendiendo autónomos farmacias y parafarmacias de toda España. Trabajamos 100 % online: tu asesor personal te llama por teléfono cuando lo necesites y nos encargamos de todos los impuestos, la Renta, el alta y las particularidades fiscales de tu sector.
Todos los sub-nichos de farmacias y parafarmacias que atendemos
Da igual la variante concreta de tu actividad — dominamos la fiscalidad específica de:
- farmacia titular (persona física con oficina de farmacia)
- parafarmacia (sin autorización de dispensación de medicamentos)
- farmacia con sección de óptica u ortopedia
- farmacia rural con turno de guardia
- farmacia + laboratorio de fórmulas magistrales
- traspaso de farmacia (compraventa)
- sucesión de farmacia (herencia)
¿No aparece exactamente lo tuyo? Llámanos y te decimos qué epígrafe encaja mejor y cómo tributar.
Datos fiscales clave para farmacias y parafarmacias
Epígrafes IAE aplicables
Estos son los epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas que solemos dar de alta para farmacias y parafarmacias. Se pueden combinar varios sin coste adicional en la cuota de autónomo:
| Epígrafe IAE | Descripción |
|---|---|
| 652.1 | Comercio al por menor de medicamentos y productos farmacéuticos — farmacia titular con dispensación |
| 652.3 | Comercio al por menor de productos de perfumería y cosméticos — parte no farmacéutica |
| 652.4 | Comercio al por menor de plantas y hierbas, en herbolarios — sección de fitoterapia |
| 659.7 | Comercio al por menor de instrumentos médicos y ortopédicos — ortopedia integrada |
Régimen de IVA
Tipos diferenciados: IVA al 4 % en medicamentos de uso humano y productos sanitarios básicos (Anexo Ley IVA), al 10 % en productos sanitarios no básicos, gafas graduadas y ciertos productos de higiene, y al 21 % en cosmética, perfumería y resto. Ventas a la Seguridad Social vía receta electrónica: exentas de IVA (art. 20.1.15º LIVA) y sin repercutir. Recargo de equivalencia NO aplica (excluido para farmacia titular). En Canarias IGIC específico por tramos.
Retenciones IRPF y pagos fraccionados
Actividad empresarial en Sección 1ª (epígrafe 652.1). Sin retención en factura por ventas al público. Estimación directa normal obligatoria si supera los umbrales (habitual en farmacias). Modelo 130 trimestral. Amortización acelerada del inmovilizado profesional (equipos, robot dispensador, mobiliario).
Modelos fiscales que llevamos por ti
- Modelo 303 — IVA trimestral (con multitipo)
- Modelo 130 — pago fraccionado IRPF
- Modelo 111, 190 — retenciones de personal (habitual: al menos 1 auxiliar)
- Modelo 115, 180 — retención alquiler del local
- Modelo 347 — operaciones con laboratorios y distribuidoras
- Modelo 100 — Renta anual (con complejidad por multitipo IVA)
- Libros contables completos (estimación directa normal)
Errores típicos que evitamos en farmacias y parafarmacias
- No separar correctamente ventas por tipo de IVA (4 %, 10 %, 21 %) en el TPV — Hacienda cruza con la Seguridad Social vía facturación electrónica de recetas.
- Facturar recetas de la Seguridad Social con IVA — están exentas por art. 20.1.15º LIVA.
- No presentar modelo 115 del alquiler del local (retención 19 %) — inspección segura si el propietario no declara.
- Amortizar el fondo de comercio (compraventa) sin haber activado la deducción específica.
- No dar de alta al auxiliar de farmacia en la Seguridad Social antes de que empiece a trabajar.
Qué incluye tu plan de gestoría
Plan Autónomo 34,90 €/mes + IVA
- Alta gratis en Hacienda (036/037) y en el RETA
- Impuestos trimestrales: 303 (IVA), 130 (IRPF) y demás modelos aplicables al sector
- Declaración de la Renta anual (modelo 100)
- Fiscalidad específica para farmacias y parafarmacias
- Atención telefónica ilimitada con tu asesor personal
- Software de facturación incluido
- Cambio gratis desde tu gestoría actual
- Sin permanencia
Plan Pyme (SL) 95 €/mes + IVA
- Contabilidad y libros oficiales
- Impuestos trimestrales
- Impuesto de Sociedades (modelo 200)
- Renta de los socios incluida
- Cuentas anuales y depósito en Registro Mercantil aparte
- Ideal a partir de 40.000-60.000 € beneficio neto anual
Gestión laboral 12 €/mes + IVA por trabajador
- Altas, bajas y contratos
- Nóminas y finiquitos
- Seguros sociales (Sistema RED)
- Aplicación del convenio del sector
Por qué elegir AsesoraGes para tu gestoría para farmacias y parafarmacias
- Especialización real: no somos una gestoría genérica, conocemos tu sector.
- Asesor personal: El Departamento Comercial de AsesoraGes te llama por teléfono, no eres un ticket en un CRM.
- Alta gratis en Hacienda y RETA al contratar el Plan Autónomo.
- Tarifa plana cerrada: 34,90 €/mes + IVA. Sin sorpresas ni extras.
- Sin permanencia: si no te convence, te vas cuando quieras.
- Cambio gratis desde tu gestoría actual, sin interrupciones.
- 100 % online: en toda España, desde donde estés.
- Software incluido para facturar y llevar tus tickets.
Preguntas frecuentes para farmacias y parafarmacias
¿Cuánto cuesta la gestoría para una farmacia?
Plan Autónomo 34,90 €/mes + IVA si eres farmacéutico titular como persona física, tarifa plana cerrada. Con auxiliar contratado, 12 €/mes + IVA por trabajador. Si estás organizada como SL (menos habitual en farmacia), Plan Pyme 95 €/mes + IVA.
¿Cómo tributa una farmacia? ¿Es SL o autónomo?
Por ley española, la farmacia titular tiene que ser persona física (autónomo) con farmacéutico colegiado al frente. No puede ser SL como tal. Las parafarmacias sí pueden ser SL. Estamos especializados en las dos figuras.
¿Qué IVA aplico en cada producto?
4 % en medicamentos de uso humano y productos sanitarios básicos, 10 % en gafas graduadas y sanitarios no básicos, 21 % en cosmética y perfumería. Configuramos tu TPV para que salga automático y presentamos el modelo 303 con los tres tipos.
¿Y las recetas de la Seguridad Social?
Están exentas de IVA (art. 20.1.15º LIVA). Se facturan al Servicio de Salud autonómico correspondiente sin IVA. Llevamos la conciliación mensual entre lo dispensado vía receta electrónica y lo cobrado.
¿Podéis llevarme el traspaso de una farmacia?
Sí. Es una operación fiscal muy delicada (fondo de comercio, plusvalía, IVA, ITP según autonomía). Coordinamos con tu notario y colegio de farmacéuticos. Presupuesto cerrado aparte del plan mensual.
¿Y las farmacias rurales con turno de guardia?
Perfil habitual entre nuestros clientes. Guardias, servicios de urgencia y desplazamientos son gastos deducibles específicos. Además, las farmacias rurales tienen incentivos autonómicos (Castilla y León, Galicia, Aragón…) que aplicamos.
¿Puedo deducir el robot dispensador o la reforma del local?
Sí. Ambos son inmovilizado material amortizable: robot dispensador entre 8-10 años, reforma del local en el plazo que dure el contrato de arrendamiento. IVA 100 % deducible.
Cobertura de gestoría para farmacias y parafarmacias en toda España
Trabajamos con farmacias y parafarmacias en las 50 provincias de España. La fiscalidad general de tu profesión es la misma en todo el territorio (mismos epígrafes IAE, mismos modelos AEAT, misma retención IRPF), pero hay tres regímenes fiscales distintos que sí afectan a tu facturación diaria. Elige tu provincia para ver las particularidades locales:
Régimen común 44 provincias con IVA estatal
Aplica el IVA estatal (21 % / 10 % / 4 %) y el IRPF común. Es el régimen mayoritario. Los farmacias y parafarmacias de estas provincias tributan igual que en Madrid o Barcelona.
- A Coruña
- Albacete
- Alicante
- Almería
- Asturias
- Ávila
- Badajoz
- Baleares
- Barcelona
- Burgos
- Cáceres
- Cádiz
- Cantabria
- Castellón
- Ciudad Real
- Córdoba
- Cuenca
- Girona
- Granada
- Guadalajara
- Huelva
- Huesca
- Jaén
- La Rioja
- León
- Lleida
- Lugo
- Madrid
- Málaga
- Murcia
- Ourense
- Palencia
- Pontevedra
- Salamanca
- Segovia
- Sevilla
- Soria
- Tarragona
- Teruel
- Toledo
- Valencia
- Valladolid
- Zamora
- Zaragoza
Régimen foral País Vasco y Navarra
En estas 4 provincias aplica IRPF propio gestionado por la Diputación Foral correspondiente, con tipos, deducciones y plazos distintos al régimen común. Los farmacias y parafarmacias presentan sus modelos ante la Hacienda Foral, no ante la AEAT. Es imprescindible una gestoría que conozca la particularidad.
REF de Canarias Las Palmas y Santa Cruz de Tenerife
En Canarias no aplica el IVA sino el IGIC (7 % general en lugar del 21 %). Además existen la ZEC (Impuesto de Sociedades al 4 %), la RIC (Reserva para Inversiones) y la DIC (Deducción por Inversiones). Los farmacias y parafarmacias en Canarias tienen oportunidades fiscales importantes si están bien asesorados.
¿No sabes qué régimen aplica en tu provincia o tienes clientes en varias? En la primera llamada con el Departamento Comercial de AsesoraGes lo aclaramos y te decimos si te afecta al alta.
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